Artículo 17 de Convenio de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala en Materia Educativa, Cultural, de Juventud, de Cultura Física y Deporte, firmado en la Ciudad de México el 27 de julio de 2011.
Convenio de Cooperación entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Guatemala en Materia Educativa, Cultural, de Juventud, de Cultura Física y Deporte, firmado en la Ciudad de México el 27 de julio de 2011. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO XVII Las condiciones financieras que regirán los programas, proyectos o actividades de cooperación al amparo del presente Convenio, especialmente las referidas al envío del personal para llevarlas a cabo, deberán formar parte de los acuerdos complementarios a que se refiere el Artículo I, o bien de los programas y proyectos que se pretendan ejecutar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.