Tratado internacional

Artículo 3 de Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010.

Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

MODALIDADES DE COOPERACIÓN Para los fines del presente Convenio, la cooperación entre las Partes podrá asumir las modalidades siguientes:

a) Intercambio de información;

b) Intercambio de especialistas, investigadores y técnicos;

c) Investigación conjunta;

d) Capacitación de recursos humanos;

e) Visitas de expertos y profesionales;

f) Organización de cursos, seminarios, talleres, simposios y conferencias relacionados con el objetivo del presente Convenio;

g) Cualquier otra modalidad convenida por las Partes.

La ejecución del presente Convenio no estará condicionada a que las Partes establezcan proyectos en todas las áreas y modalidades a que se refiere el presente Convenio.

Las Partes no deberán colaborar en aquellas actividades respecto de las cuales exista prohibición interna, de una ley o normativa institucional.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 3 de Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010. a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3 de Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010.?

MODALIDADES DE COOPERACIÓN Para los fines del presente Convenio, la cooperación entre las Partes podrá asumir las modalidades siguientes: a) Intercambio de información; b) Intercambio de especialistas, investigadores y…

¿Está vigente el artículo 3?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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