Artículo 7 de Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010.
Convenio de Cooperación Técnica, Científica y Tecnológica entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República Argelina Democrática y Popular, firmado en la Ciudad de México, el 18 de octubre de 2010. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
PARTICIPACIÓN DE OTRAS INSTITUCIONES Las Partes favorecerán la participación de otras instituciones públicas o privadas, cuyas actividades incidan directamente en las áreas de cooperación, con el propósito de fortalecer y ampliar los mecanismos que apoyen una efectiva instrumentación del presente Convenio.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.