Tratado internacional

Artículo 8 de Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Corea para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Enería Nuclear, firmado en Los Cabos, México, el diecisiete de junio de dos mil doce.

Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Corea para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Enería Nuclear, firmado en Los Cabos, México, el diecisiete de junio de dos mil doce. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Enriquecimiento y Reprocesamiento 1. El uranio transferido en virtud del presente Acuerdo o utilizado en cualquier equipo transferido, no será enriquecido a veinte (20) por ciento o más en el isótopo U-235, a menos que las Partes lo convengan de otra forma.

2. El equipo o la tecnología transferidos en virtud del presente Acuerdo y el equipo con base en dicha tecnología, no se utilizarán para la producción de uranio enriquecido a veinte (20) por ciento o más en el isótopo U-235, a menos que las Partes lo convengan de otra forma.

3. El material nuclear transferido en virtud del presente Acuerdo y el material nuclear utilizado en o producido por el uso de material nuclear o el equipo transferido no serán reprocesados, a menos que las Partes lo convengan de otra forma.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 8 de Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Corea para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Enería Nuclear, firmado en Los Cabos, México, el diecisiete de junio de dos mil doce. a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 8 de Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Corea para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Enería Nuclear, firmado en Los Cabos, México, el diecisiete de junio de dos mil doce.?

Enriquecimiento y Reprocesamiento 1. El uranio transferido en virtud del presente Acuerdo o utilizado en cualquier equipo transferido, no será enriquecido a veinte (20) por ciento o más en el isótopo U-235, a menos que…

¿Está vigente el artículo 8?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.