Artículo 9 de Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Corea para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Enería Nuclear, firmado en Los Cabos, México, el diecisiete de junio de dos mil doce.
Decreto Promulgatorio del Acuerdo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Corea para la Cooperación en los Usos Pacíficos de la Enería Nuclear, firmado en Los Cabos, México, el diecisiete de junio de dos mil doce. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Prohibición de Explosivos o Aplicaciones Militares El material nuclear, material, equipo y tecnología transferidos en virtud del presente Acuerdo, y el material fisionable especial utilizado en o producido mediante el uso de material nuclear, material o equipo transferidos, no se utilizarán para la investigación, desarrollo o fabricación de armas nucleares, o cualquier dispositivo nuclear explosivo o para cualquier propósito militar.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.