Artículo 8 de Decreto Promulgatorio del Convenio para el Establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe, adoptado en Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela, el doce de diciembre de dos mil uno.
Decreto Promulgatorio del Convenio para el Establecimiento de la Zona de Turismo Sustentable del Caribe, adoptado en Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela, el doce de diciembre de dos mil uno. · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Adhesión Después del deposito del decimoquinto instrumento de ratificación, este Convenio permanecerá abierto a la adhesión a cualquiera de los Estados, Países y Territorios a que se refiere el Artículo IV del Convenio Constitutivo que establece la Asociación de Estados del Caribe.
Jueves 5 de diciembre de 2013 DIARIO OFICIAL (Primera Sección)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.