Reglamento federal

Artículo 135 de Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa (CUCB)

Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa (CUCB) · Última reforma de referencia: 2026-01-28 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

[Título Cuarto — Capítulo Cuarto] Artículo 135.- Las casas de bolsa deberán llevar a cabo la administración por tipo de riesgo de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 122 de las presentes disposiciones y en términos de lo que se establece a continuación. Apartado A De los riesgos cuantificables discrecionales

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 135 de Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa (CUCB)?

[Título Cuarto — Capítulo Cuarto] Artículo 135.- Las casas de bolsa deberán llevar a cabo la administración por tipo de riesgo de acuerdo con la clasificación establecida en el artículo 122 de las presentes…

¿Está vigente el artículo 135?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2026-01-28. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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