Artículo 56 de Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores (CUE)
Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores (CUE) · Última reforma de referencia: 2025-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título Cuarto de las presentes disposiciones. — Capítulo Cuarto] artículo 56 de la Ley del Mercado de Valores. (29) Segundo párrafo.- Derogado. (3) Lo dispuesto en el presente artículo, no resultará aplicable a las emisoras a que hace referencia el
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.