Artículo 22 de Ley Aduanera
Ley Aduanera · Última reforma de referencia: 28-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 22. El remitente de los envíos postales que contengan mercancías para su exportación lo manifestará en las envolturas.
Igual obligación tiene el remitente de mercancías de procedencia extranjera que las envíe desde una franja o región fronteriza al resto del país.
Capítulo II Depósito ante la aduana
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.