Ley federal

Artículo 5o de Ley Aduanera

Ley Aduanera · Última reforma de referencia: 28-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 5o. El monto de las multas y cantidades en moneda nacional establecidas en esta Ley, se actualizará en los términos del artículo 70 del Código Fiscal de la Federación.

Párrafo reformado DOF 30-12-2002 Cuando en esta Ley se señalen multas con base en el monto de las contribuciones omitidas, la autoridad aduanera, para la determinación de dichas multas deberá considerar las contribuciones sin la actualización correspondiente.

Párrafo reformado DOF 25-06-2018 Artículo reformado DOF 30-12-1996, 31-12-1998

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 5 de la Ley Aduanera se refiere a cómo se actualizan las multas y cantidades en moneda nacional que se establecen en esta ley. Esta actualización se realiza de acuerdo con lo que indica el artículo 70 del Código Fiscal de la Federación.

Además, cuando se mencionan multas basadas en el monto de las contribuciones que no se han pagado, la autoridad aduanera debe calcular estas multas sin considerar la actualización de las contribuciones. Esto significa que se toman en cuenta los montos originales, sin ajustes por inflación u otros factores.

  • Las multas se actualizan según el Código Fiscal de la Federación.
  • Las multas por contribuciones omitidas se calculan sin actualización.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 5o de Ley Aduanera?

El artículo 5 de la Ley Aduanera se refiere a cómo se actualizan las multas y cantidades en moneda nacional que se establecen en esta ley. Esta actualización se realiza de acuerdo con lo que indica el artículo 70 del Código Fiscal de la Federación. Además, cuando se mencionan…

¿Está vigente el artículo 5o?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 28-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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