Las naves militares y las de gobiernos extranjeros no están sujetas a la Ley Aduanera, siempre y cuando se respeten los tratados internacionales que México ha firmado. Esto significa que, en general, estas embarcaciones tienen ciertas exenciones en cuanto a las regulaciones aduaneras.
Sin embargo, hay una excepción importante: si estas naves se utilizan para realizar operaciones comerciales, entonces sí deberán cumplir con las disposiciones de la ley. Esto implica que, en el contexto de actividades comerciales, las naves no gozan de las mismas exenciones que en otras circunstancias.
- Las naves militares y de gobiernos extranjeros están exentas de la Ley Aduanera.
- Esto aplica siempre que se respeten los tratados internacionales.
- Si se realizan operaciones comerciales, deben cumplir con la ley.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.