Ley federal

Artículo 144 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 144. En la audiencia incidental, a la cual podrán comparecer las partes, se dará cuenta con los informes previos; se recibirán las documentales que el órgano jurisdiccional se hubiere allegado y los resultados de las diligencias que hubiere ordenado, así como las pruebas ofrecidas por las partes; se recibirán sus alegatos, y se resolverá sobre la suspensión definitiva y, en su caso, las medidas y garantías a que estará sujeta.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

En la audiencia incidental, las partes involucradas en un proceso legal tienen la oportunidad de comparecer. Durante esta audiencia, se revisan varios elementos importantes relacionados con el caso.

  • Se presentan los informes previos que se hayan recopilado.
  • Se aceptan las pruebas documentales que el órgano jurisdiccional haya obtenido.
  • Se consideran los resultados de las diligencias que se hayan realizado.
  • Las partes pueden ofrecer sus propias pruebas y alegatos.

Al final de la audiencia, se toma una decisión sobre la suspensión definitiva del acto reclamado y, si es necesario, se establecen las medidas y garantías que se aplicarán en el caso.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 144 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

En la audiencia incidental, las partes involucradas en un proceso legal tienen la oportunidad de comparecer. Durante esta audiencia, se revisan varios elementos importantes relacionados con el caso. Se presentan los informes previos que se hayan recopilado. Se aceptan las…

¿Está vigente el artículo 144?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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