Ley federal

Artículo 165 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 165. Cuando el acto reclamado afecte la libertad personal de la persona quejosa y se encuentre a disposición del o la Ministerio Público por cumplimiento de orden de detención del mismo, salvo el caso de la detención por caso urgente, la suspensión se concederá para el efecto de que dentro del término de cuarenta y ocho horas o en un plazo de noventa y seis, tratándose de delincuencia organizada, contadas a partir del momento de la detención, sea puesto en libertad o a disposición ante el órgano jurisdiccional correspondiente.

Cuando la persona quejosa se encuentre a disposición del o la Ministerio Público por haber sido detenida en flagrancia o caso urgente, el plazo contará a partir de que sea puesto a disposición.

En cualquier caso distinto de los anteriores y en la detención por caso urgente, en los que el o la Ministerio Público restrinja la libertad de la persona quejosa, la suspensión se concederá para el efecto de que sea puesto en inmediata libertad o a disposición ante el órgano jurisdiccional correspondiente.

Artículo reformado DOF 17-06-2016, 13-03-2025

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 165 de la Ley de Amparo se refiere a la protección de la libertad personal de una persona que ha sido detenida. Si alguien es detenido y se encuentra bajo la custodia del Ministerio Público, se puede solicitar una suspensión para que, en un plazo específico, sea liberado o presentado ante un juez.

  • Si la detención no es por caso urgente, la suspensión se concede para que la persona sea liberada en 48 horas.
  • En casos de delincuencia organizada, este plazo se extiende a 96 horas.
  • Si la persona fue detenida en flagrancia o en un caso urgente, el plazo para solicitar la suspensión comienza cuando es puesta a disposición del Ministerio Público.
  • En otros casos de detención, la suspensión se concede para que la persona sea liberada de inmediato o presentada ante un juez.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 165 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 165 de la Ley de Amparo se refiere a la protección de la libertad personal de una persona que ha sido detenida. Si alguien es detenido y se encuentra bajo la custodia del Ministerio Público, se puede solicitar una suspensión para que, en un plazo específico, sea…

¿Está vigente el artículo 165?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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