Ley federal

Artículo 197 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 197. Todas las autoridades que tengan o deban tener intervención en el cumplimiento de la sentencia, están obligadas a realizar, dentro del ámbito de su competencia, los actos necesarios para su eficaz cumplimiento y estarán sujetos a las mismas responsabilidades a que alude este Capítulo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 197 de la Ley de Amparo establece que todas las autoridades que participen en el cumplimiento de una sentencia tienen la obligación de llevar a cabo las acciones necesarias para que esta se cumpla de manera efectiva. Esto significa que cada autoridad, dentro de su ámbito de competencia, debe actuar para asegurar que se respete lo que se ha determinado en la sentencia.

Además, estas autoridades están sujetas a las mismas responsabilidades mencionadas en el capítulo correspondiente de la ley, lo que implica que deben responder por su actuación o inacción en el cumplimiento de la sentencia.

  • Las autoridades deben cumplir con las sentencias.
  • Están obligadas a realizar actos necesarios para el cumplimiento.
  • Son responsables por su actuación en este proceso.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 197 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 197 de la Ley de Amparo establece que todas las autoridades que participen en el cumplimiento de una sentencia tienen la obligación de llevar a cabo las acciones necesarias para que esta se cumpla de manera efectiva. Esto significa que cada autoridad, dentro de su…

¿Está vigente el artículo 197?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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