Artículo 201 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 201. El recurso de inconformidad procede contra la resolución que:
Tenga por cumplida la ejecutoria de amparo, en los términos del artículo 196 de esta Ley;
Declare que existe imposibilidad material o jurídica para cumplir la misma u ordene el archivo definitivo del asunto;
Declare sin materia o infundada la denuncia de repetición del acto reclamado; o Declare infundada o improcedente la denuncia por incumplimiento de la declaratoria general de inconstitucionalidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.