Ley federal

Artículo 25 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 25. Las notificaciones a la persona titular del Poder Ejecutivo Federal se entenderán con el o la titular de la Secretaría de Estado o de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, que deba representarla en el juicio de amparo, de acuerdo con lo dispuesto en el acuerdo general al que hace referencia el artículo 9o. de esta Ley.

Párrafo reformado DOF 20-05-2021, 13-03-2025 Las notificaciones a las entidades a que se hace referencia en el párrafo anterior deberán ser hechas por medio de oficio impreso dirigido al domicilio oficial que corresponda o en forma digital a través del uso de la Firma Electrónica.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 25 de la Ley de Amparo establece cómo se deben realizar las notificaciones al Poder Ejecutivo Federal en el contexto de un juicio de amparo. Estas notificaciones no se hacen directamente a la persona que ocupa el cargo de titular del Poder Ejecutivo, sino a quien lo represente, que puede ser el titular de la Secretaría de Estado o de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal.

Además, las notificaciones a estas entidades deben llevarse a cabo mediante un oficio impreso que se envíe al domicilio oficial correspondiente o de manera digital utilizando la Firma Electrónica.

  • Las notificaciones se dirigen a un representante del Poder Ejecutivo.
  • Se pueden realizar en formato impreso o digital.
  • Es necesario usar la Firma Electrónica para las notificaciones digitales.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 25 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 25 de la Ley de Amparo establece cómo se deben realizar las notificaciones al Poder Ejecutivo Federal en el contexto de un juicio de amparo. Estas notificaciones no se hacen directamente a la persona que ocupa el cargo de titular del Poder Ejecutivo, sino a quien lo…

¿Está vigente el artículo 25?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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