Ley federal

Artículo 261 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 261. Se impondrá una pena de dos a seis años de prisión y multa de treinta a trescientos días:

I. A la persona quejosa, a su abogada o abogado autorizado o a ambos, si con el propósito de obtener una ventaja procesal indebida, en la demanda afirme hechos falsos u omita los que le consten en relación con el acto reclamado, siempre que no se reclamen actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento, incomunicación, deportación o expulsión, proscripción o destierro, extradición, desaparición forzada de personas o alguno de los prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la incorporación forzosa al Ejército, Armada o Fuerza Aérea nacionales, y Fracción reformada DOF 13-03-2025 II. A la persona quejosa o tercera interesada, a su abogada o abogado o a ambos, si en el juicio de amparo presenten testigos o documentos falsos.

Fracción reformada DOF 13-03-2025

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 261 de la Ley de Amparo establece penas para quienes presenten información falsa en un juicio de amparo. Se contempla una pena de prisión de dos a seis años y una multa que varía entre treinta y trescientos días. Esta sanción aplica a la persona quejosa, su abogado o ambos, si se busca obtener una ventaja procesal indebida al afirmar hechos falsos o al omitir información relevante sobre el acto reclamado.

Sin embargo, esta disposición no se aplica si los actos reclamados están relacionados con situaciones graves como privación de la vida, ataques a la libertad personal, o desaparición forzada, entre otros. Además, se sanciona a quienes presenten testigos o documentos falsos en el juicio de amparo.

  • Pena de 2 a 6 años de prisión.
  • Multa de 30 a 300 días.
  • Aplica a la persona quejosa y su abogado.
  • Exclusiones para actos graves según la Constitución.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 261 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 261 de la Ley de Amparo establece penas para quienes presenten información falsa en un juicio de amparo. Se contempla una pena de prisión de dos a seis años y una multa que varía entre treinta y trescientos días. Esta sanción aplica a la persona quejosa, su abogado o…

¿Está vigente el artículo 261?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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