Ley federal

Artículo 5o de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 5o. Son partes en el juicio de amparo:

I. La persona quejosa, teniendo tal carácter quien aduce ser titular de un derecho subjetivo o de un interés legítimo individual o colectivo, siempre que alegue que la norma, acto u omisión reclamados violan los derechos previstos en el artículo 1o. de la presente Ley y con ello se produzca una afectación real y actual a su esfera jurídica, ya sea de manera directa o en virtud de su especial situación frente al orden jurídico.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 El interés simple, en ningún caso, podrá invocarse como interés legítimo. La autoridad pública no podrá invocar interés legítimo.

El juicio de amparo podrá promoverse conjuntamente por dos o más personas quejosas cuando resientan una afectación común en sus derechos o intereses, aun en el supuesto de que dicha afectación derive de actos distintos, si éstos les causan un perjuicio análogo y provienen de las mismas autoridades.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 Tratándose de actos o resoluciones provenientes de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo, la persona quejosa deberá aducir ser titular de un derecho subjetivo que se afecte de manera personal y directa.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 La persona víctima u ofendida del delito podrán tener el carácter de persona quejosa en los términos de esta Ley.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 II. La autoridad responsable, teniendo tal carácter, con independencia de su naturaleza formal, la que dicta, ordena, ejecuta o trata de ejecutar el acto que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria; u omita el acto que de realizarse crearía, modificaría o extinguiría dichas situaciones jurídicas.

Para los efectos de esta Ley, las y los particulares tendrán la calidad de autoridad responsable cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad, que afecten derechos en los términos de esta fracción, y cuyas funciones estén determinadas por una norma general.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 III. La persona tercera interesada, pudiendo tener tal carácter:

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 a) La persona que haya gestionado el acto reclamado o tenga interés jurídico en que subsista;

b) La contraparte de la persona quejosa cuando el acto reclamado emane de un juicio o controversia del orden judicial, administrativo, agrario o del trabajo; o tratándose de persona extraña al procedimiento, la que tenga interés contrario al de la persona quejosa;

Inciso reformado DOF 13-03-2025 c) La persona víctima del delito u ofendida, o quien tenga derecho a la reparación del daño o a reclamar la responsabilidad civil, cuando el acto reclamado emane de un juicio del orden penal y afecte de manera directa esa reparación o responsabilidad;

Inciso reformado DOF 13-03-2025 d) La persona indiciada o procesada cuando el acto reclamado sea el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal por la o el Ministerio Público;

Inciso reformado DOF 13-03-2025 e) La o el Ministerio Público que haya intervenido en el procedimiento penal del cual derive el acto reclamado, siempre y cuando no tenga el carácter de autoridad responsable.

Inciso reformado DOF 13-03-2025 IV. La o el Ministerio Público Federal en todos los juicios, donde podrá interponer los recursos que señala esta Ley, y los existentes en amparos penales cuando se reclamen resoluciones de tribunales locales, independientemente de las obligaciones que la misma ley le precisa para procurar la pronta y expedita administración de justicia.

Fracción reformada DOF 13-03-2025 Sin embargo, en amparos indirectos en materias civil y mercantil, y con exclusión de la materia familiar, donde sólo se afecten intereses particulares, la o el Ministerio Público Federal podrá interponer los recursos que esta Ley señala, sólo cuando las personas quejosas hubieren impugnado la constitucionalidad de normas generales y este aspecto se aborde en la sentencia.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 5 de la Ley de Amparo define quiénes pueden participar en un juicio de amparo. Se identifican tres tipos de partes: la persona quejosa, la autoridad responsable y la persona tercera interesada.

  • Persona quejosa: Es quien reclama que se han violado sus derechos. Debe demostrar que la norma o acto impugnado afecta su situación jurídica de manera real y actual.
  • Autoridad responsable: Es la entidad que realiza un acto que afecta derechos de manera unilateral, o que omite un acto que debería realizar.
  • Persona tercera interesada: Puede ser quien gestionó el acto reclamado, la contraparte en un juicio, o la víctima de un delito, entre otros.

Además, el Ministerio Público Federal puede intervenir en todos los juicios, con ciertas limitaciones en materias civil y mercantil. Esto asegura que se protejan los derechos de las partes involucradas en el proceso de amparo.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 5o de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 5 de la Ley de Amparo define quiénes pueden participar en un juicio de amparo. Se identifican tres tipos de partes: la persona quejosa, la autoridad responsable y la persona tercera interesada. Persona quejosa: Es quien reclama que se han violado sus derechos. Debe…

¿Está vigente el artículo 5o?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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