Ley federal

Artículo 55 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos · Última reforma de referencia: 13-03-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 55. Las ministras y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación manifestarán estar impedidos ante el tribunal pleno.

Párrafo reformado DOF 13-03-2025 Las magistradas o los magistrados de circuito y las juezas o los jueces de distrito manifestarán su impedimento y lo comunicarán al tribunal que corresponda.

Párrafo reformado DOF 07-06-2021 Las excusas se calificarán de plano.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 55 se refiere a la obligación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de los magistrados y jueces, de declarar si están impedidos para participar en un caso. Esto significa que si alguno de ellos considera que no puede actuar en un asunto por alguna razón, debe comunicarlo al tribunal correspondiente.

Además, las excusas que presenten serán evaluadas de manera directa, sin necesidad de un proceso más complicado. Esto busca asegurar que los casos sean manejados por quienes no tengan conflictos de interés.

  • Ministros de la Suprema Corte deben manifestar su impedimento ante el tribunal pleno.
  • Magistrados y jueces deben comunicar su impedimento al tribunal que corresponda.
  • Las excusas se calificarán de manera directa.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 55 de Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos?

El artículo 55 se refiere a la obligación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como de los magistrados y jueces, de declarar si están impedidos para participar en un caso. Esto significa que si alguno de ellos considera que no puede actuar en un…

¿Está vigente el artículo 55?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 13-03-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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