Artículo 126 de Ley de Infraestructura de la Calidad
Ley de Infraestructura de la Calidad · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 126. Los instrumentos para medir sujetos a una Norma Oficial Mexicana en materia de metrología legal y que cuenten con aprobación de modelo o prototipo en términos del artículo 124 de esta Ley, deben cumplir con los procedimientos para la Evaluación de la Conformidad previstos en esas normas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.