Artículo 5 de Ley de la Comisión Nacional de Energía
Ley de la Comisión Nacional de Energía · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 5. Son supletorias de la presente Ley, las disposiciones contenidas en la Ley del Sector Eléctrico, la Ley del Sector Hidrocarburos, la Ley de Planeación y Transición Energética, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y demás ordenamientos que resulten aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.