Artículo 32 de Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 32.- Las personas consejeras, con relación al ejercicio de sus funciones como integrantes del Consejo de Administración, son responsables exclusivamente en términos de lo dispuesto en esta Ley, por lo que no están sujetas al régimen de responsabilidades establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas o en cualquier otro ordenamiento o disposición aplicable en general a las personas servidoras públicas de carácter federal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.