Ley federal

Artículo 34 de Ley de Planeación y Transición Energética

Ley de Planeación y Transición Energética · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 34.- Para la operación e implementación del Sistema Nacional de Información Energética, la Secretaría tiene las atribuciones siguientes:

Emitir las disposiciones para la entrega y actualización de información al Sistema Nacional de Información Energética;

Publicar la información del Sector Energético, de acuerdo con la política energética nacional;

Integrar al Sistema Nacional de Información Energética los diferentes sistemas de información del Sector Energético;

Promover acuerdos con otras dependencias de la Administración Pública Federal para compartir información estratégica del Sector Energético;

Realizar el análisis de la información del Sistema Nacional de Información Energética o solicitarlo a los organismos sectorizados;

Contratar licencias de software, infraestructura y servicios especializados para la gestión, protección y análisis de la información del Sistema Nacional de Información Energética. Estas contrataciones no están sujetas a los procedimientos de contratación de tecnologías de la información de la Administración Pública Federal, dado el carácter estratégico de la información, y Vigilar el cumplimiento de las disposiciones y establecer sanciones respecto de la entrega de información al Sistema Nacional de Información Energética.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 34 de Ley de Planeación y Transición Energética?

Para la operación e implementación del Sistema Nacional de Información Energética, la Secretaría tiene las atribuciones siguientes: Emitir las disposiciones para la entrega y actualización de información al Sistema…

¿Está vigente el artículo 34?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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