Artículo 11 de Ley de Sociedades de Solidaridad Social
Ley de Sociedades de Solidaridad Social · Última reforma de referencia: 24-04-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 11.- Son obligaciones de los socios:
I.- Aportar su trabajo personal para el cumplimiento de los fines de la sociedad;
II.- Realizar las aportaciones al fondo de solidaridad social que se determine en las asambleas específicas;
III.- Asistir a las asambleas a las que sean convocados;
IV.- Cumplir los acuerdos de las asambleas; y V.- Acatar las disposiciones emanadas de las bases constitutivas de la declaración de principios, de los estatutos y de los reglamentos internos de la sociedad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.