Ley federal

Artículo 12 de Ley de Sociedades de Solidaridad Social

Ley de Sociedades de Solidaridad Social · Última reforma de referencia: 24-04-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 12.- La calidad de socio se pierde por:

I.- Separación voluntaria;

II.- Muerte;

III.- Exclusión;

IV.- Por las demás causas establecidas en las bases constitutivas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 12 de Ley de Sociedades de Solidaridad Social?

La calidad de socio se pierde por: I.- Separación voluntaria; II.- Muerte; III.- Exclusión; IV.- Por las demás causas establecidas en las bases constitutivas.

¿Está vigente el artículo 12?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 24-04-2018. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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