Ley federal

Artículo 33 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores · Última reforma de referencia: 30-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 33.- El Instituto podrá registrar a los patrones e inscribir a los trabajadores y precisar su salario base de aportación, aun sin previa gestión de los interesados y sin que ello releve al patrón de su obligación y de las responsabilidades y sanciones por infracciones en que hubieren incurrido.

Artículo reformado DOF 06-01-1997

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 33 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que el Instituto tiene la facultad de registrar a los patrones e inscribir a los trabajadores. Esto puede hacerse sin necesidad de que los interesados realicen una gestión previa. Además, el Instituto puede determinar el salario base de aportación de los trabajadores.

Es importante señalar que, aunque el Instituto realice estas acciones, esto no exime al patrón de cumplir con sus obligaciones ni de enfrentar responsabilidades o sanciones si incurre en infracciones.

  • El Instituto puede registrar patrones e inscribir trabajadores sin gestión previa.
  • Se puede precisar el salario base de aportación.
  • Los patrones siguen siendo responsables de sus obligaciones y posibles infracciones.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 33 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores?

El artículo 33 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que el Instituto tiene la facultad de registrar a los patrones e inscribir a los trabajadores. Esto puede hacerse sin necesidad de que los interesados realicen una gestión…

¿Está vigente el artículo 33?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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