Ley federal

Artículo 34 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores · Última reforma de referencia: 30-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 34.- El trabajador tendrá derecho, en todo momento, a solicitar información a las administradoras de fondos para el retiro sobre el monto de las aportaciones registradas a su favor. La información anterior, también podrá solicitarla el trabajador a través del Instituto o del patrón al que preste sus servicios.

Tratándose de los trabajadores que reciban crédito de vivienda por parte del Instituto, tendrán derecho a solicitar y obtener información directa de éste o a través del patrón al que preste sus servicios sobre el monto de los descuentos, incluyendo las aportaciones aplicadas a cubrir su crédito, y el saldo del mismo.

Al terminarse la relación laboral, el patrón deberá entregar al trabajador una constancia de la clave de su registro.

Artículo reformado DOF 07-01-1982, 06-01-1997

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Los trabajadores tienen el derecho de pedir información sobre las aportaciones que se han registrado a su favor en las administradoras de fondos para el retiro. Esta información también puede ser solicitada a través del Instituto o del patrón que los emplea.

Para aquellos trabajadores que cuentan con un crédito de vivienda del Instituto, tienen la posibilidad de solicitar información sobre los descuentos que se les aplican, así como las aportaciones destinadas a cubrir su crédito y el saldo pendiente. Al finalizar la relación laboral, el patrón está obligado a entregar al trabajador una constancia que contenga la clave de su registro.

  • Derecho a solicitar información sobre aportaciones.
  • Información sobre créditos de vivienda y descuentos.
  • Constancia de clave de registro al terminar la relación laboral.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 34 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores?

Los trabajadores tienen el derecho de pedir información sobre las aportaciones que se han registrado a su favor en las administradoras de fondos para el retiro. Esta información también puede ser solicitada a través del Instituto o del patrón que los emplea. Para aquellos…

¿Está vigente el artículo 34?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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