Ley federal

Artículo 57 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores

Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores · Última reforma de referencia: 30-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 57.- Comete delito equiparable al de defraudación fiscal en los términos del Código Fiscal de la Federación, y será sancionado con las penas señaladas para dicho ilícito, quien haga uso de engaño, aproveche error, simule algún acto jurídico u oculte datos, para omitir total o parcialmente el pago de las aportaciones o el entero de los descuentos realizados.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 57 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que se considera un delito similar al de defraudación fiscal a quien, mediante engaños o aprovechando errores, simule actos jurídicos u oculte información, con el fin de no pagar total o parcialmente las aportaciones o descuentos correspondientes.

  • Engaño o aprovechamiento de error para evadir pagos.
  • Simulación de actos jurídicos para ocultar la verdad.
  • Omisión total o parcial en el pago de aportaciones.

Las sanciones para este delito son las mismas que se aplican a la defraudación fiscal, según lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 57 de Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores?

El artículo 57 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores establece que se considera un delito similar al de defraudación fiscal a quien, mediante engaños o aprovechando errores, simule actos jurídicos u oculte información, con el fin de no…

¿Está vigente el artículo 57?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 30-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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