Artículo 208 de Ley del Seguro Social
Ley del Seguro Social · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 208. Las prestaciones sociales comprenden:
I. Prestaciones sociales institucionales, y II. Prestaciones de solidaridad social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.