Artículo 13 de Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano
Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano · Última reforma de referencia: 11-05-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 13. La dirección y administración del Sistema corresponden a:
I. La Junta de Gobierno, y II. El Presidente.
La Presidencia contará con la estructura administrativa que se establezca en el Estatuto Orgánico. Los cargos en la Junta de Gobierno serán de carácter honorífico.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.