Artículo 160 de Ley Federal de Derechos
Ley Federal de Derechos · Última reforma de referencia: 23-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 160.- Por la expedición de cada certificado de aprobación tipo, se pagarán derechos conforme a la cuota de $2,391.24 Por el otorgamiento de autorización de vuelos de traslado, se pagarán derechos conforme a la cuota de $1,434.62 por cada vuelo.
Artículo reformado DOF 15-12-1995, 10-05-1996, 30-12-1996
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.