Artículo 313 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 313.- La autorización de uso caducará:
I.- Cuando deje de usarse durante los tres años inmediatos anteriores a la solicitud de declaración administrativa de caducidad, salvo que exista causa justificada a juicio del Instituto, o II.- Por terminación de su vigencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.