Ley federal

Artículo 73 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 73.- Los actos relacionados con inmuebles sólo estarán sujetos a esta ley, cuando los proveedores sean fraccionadores, constructores, promotores y demás personas que intervengan en la asesoría y venta al público de viviendas destinadas a casa habitación o cuando otorguen al consumidor el derecho de usar inmuebles mediante el sistema de tiempo compartido, en los términos de los artículos 64 y 65 de la presente ley.

Párrafo reformado DOF 21-07-1993, 04-02-2004 Los contratos relacionados con las actividades a que se refiere el párrafo anterior, deberán registrarse ante la Procuraduría.

Párrafo adicionado DOF 04-02-2004

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Este artículo se refiere a los actos relacionados con inmuebles y establece que solo estarán sujetos a la Ley Federal de Protección al Consumidor cuando los proveedores sean fraccionadores, constructores, promotores y otras personas que participen en la asesoría y venta de viviendas destinadas a casa habitación. También se incluye a quienes ofrezcan el derecho de uso de inmuebles mediante el sistema de tiempo compartido.

Además, se indica que los contratos relacionados con estas actividades deben registrarse ante la Procuraduría. Esto garantiza un mayor control y protección para los consumidores en el ámbito de la compra y uso de inmuebles.

  • Aplicable a fraccionadores, constructores y promotores.
  • Incluye el sistema de tiempo compartido.
  • Los contratos deben registrarse ante la Procuraduría.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 73 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

Este artículo se refiere a los actos relacionados con inmuebles y establece que solo estarán sujetos a la Ley Federal de Protección al Consumidor cuando los proveedores sean fraccionadores, constructores, promotores y otras personas que participen en la asesoría y venta de…

¿Está vigente el artículo 73?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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