Ley federal

Artículo 91 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 91.- Los pagos hechos en exceso del precio máximo determinado o, en su caso, estipulado, son recuperables por el consumidor. Si el proveedor no devuelve la cantidad cobrada en exceso dentro del término de 5 días hábiles siguientes a la reclamación además de la sanción que corresponda, estará obligado a pagar el máximo de los intereses a que se refiere este artículo. La acción para solicitar esta devolución prescribe en un año a partir de la fecha en que tuvo lugar el pago.

Los intereses se calcularán con base en el costo porcentual promedio de captación que determine el Banco de México, o cualquiera otra tasa que la sustituya oficialmente como indicador del costo de los recursos financieros.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 91 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que si un consumidor paga de más por un producto o servicio, tiene derecho a recuperar esa cantidad. Si el proveedor no devuelve el dinero en un plazo de 5 días hábiles después de que se haga la reclamación, además de enfrentar una sanción, deberá pagar intereses sobre el monto cobrado en exceso.

La acción para solicitar la devolución del pago en exceso tiene un plazo de un año a partir de la fecha en que se realizó el pago. Los intereses que se generen se calcularán con base en una tasa que determina el Banco de México.

  • Los pagos en exceso son recuperables.
  • El proveedor tiene 5 días hábiles para devolver el dinero.
  • La acción para reclamar prescribe en un año.
  • Los intereses se calculan según la tasa del Banco de México.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 91 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

El artículo 91 de la Ley Federal de Protección al Consumidor establece que si un consumidor paga de más por un producto o servicio, tiene derecho a recuperar esa cantidad. Si el proveedor no devuelve el dinero en un plazo de 5 días hábiles después de que se haga la reclamación,…

¿Está vigente el artículo 91?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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