Ley federal

Artículo 42 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 42.- Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón:

I. La enfermedad contagiosa del trabajador;

II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo;

III. La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. Si el trabajador obró en defensa de la persona o de los intereses del patrón, tendrá éste la obligación de pagar los salarios que hubiese dejado de percibir aquél;

IV. El arresto del trabajador;

V. El cumplimiento de los servicios y el desempeño de los cargos mencionados en el artículo 5o de la Constitución, y el de las obligaciones consignadas en el artículo 31, fracción III de la misma Constitución;

VI. La designación de los trabajadores como representantes ante los organismos estatales, Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas y otros semejantes;

Fracción reformada DOF 21-01-1988, 30-11-2012, 01-05-2019 VII. La Falta (sic DOF 04-06-2019) de los documentos que exijan las Leyes y reglamentos, necesarios para la prestación del servicio, cuando sea imputable al trabajador;

Fracción reformada DOF 30-11-2012, 04-06-2019 VIII. La conclusión de la temporada en el caso de los trabajadores contratados bajo esta modalidad, y Fracción adicionada DOF 30-11-2012. Reformada DOF 04-06-2019 IX. La licencia a que se refiere el artículo 140 Bis de la Ley del Seguro Social.

Fracción adicionada DOF 04-06-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 42 Bis de la Ley Federal del Trabajo se refiere a situaciones en las que las autoridades competentes declaran una contingencia sanitaria que lleva a la suspensión de labores. En estos casos, se debe seguir lo que establece el artículo 429, fracción IV de la misma ley.

Este artículo es relevante porque establece un procedimiento específico a seguir durante emergencias sanitarias, asegurando que se respeten los derechos de los trabajadores y las obligaciones de los empleadores. A continuación, se presentan algunos puntos clave:

  • Se aplica cuando hay una declaratoria de contingencia sanitaria.
  • Implica la suspensión de labores.
  • Se debe acatar lo que dice el artículo 429, fracción IV.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 42 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 42 Bis de la Ley Federal del Trabajo se refiere a situaciones en las que las autoridades competentes declaran una contingencia sanitaria que lleva a la suspensión de labores. En estos casos, se debe seguir lo que establece el artículo 429, fracción IV de la misma…

¿Está vigente el artículo 42?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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