Ley federal

Artículo 694 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 694.- Los trabajadores, los patrones y las organizaciones sindicales, podrán otorgar poder mediante simple comparecencia, previa identificación, ante los Tribunales del lugar de su residencia, para que los representen ante cualquier autoridad del trabajo; la personalidad se acreditará con la copia certificada que se expida de la misma.

Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 694 de la Ley Federal del Trabajo permite que trabajadores, patrones y organizaciones sindicales otorguen un poder a otra persona para que los represente ante cualquier autoridad laboral. Este proceso se puede realizar mediante una simple comparecencia, siempre y cuando se presente una identificación adecuada en los Tribunales del lugar donde se reside.

Una vez que se otorga el poder, la representación se valida con una copia certificada del mismo. Esto significa que es importante tener un documento oficial que demuestre que la persona que actúa en nombre de otra tiene la autorización correspondiente.

  • Los trabajadores, patrones y sindicatos pueden otorgar poder.
  • El poder se otorga mediante comparecencia y con identificación.
  • La representación se acredita con una copia certificada del poder.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 694 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 694 de la Ley Federal del Trabajo permite que trabajadores, patrones y organizaciones sindicales otorguen un poder a otra persona para que los represente ante cualquier autoridad laboral. Este proceso se puede realizar mediante una simple comparecencia, siempre y…

¿Está vigente el artículo 694?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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