Ley federal

Artículo 765 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 765. (Se deroga).

Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 30-11-2012 CAPITULO X De la Acumulación Capítulo reubicado y denominación reformada DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 765 de la Ley Federal del Trabajo ha sido derogado, lo que significa que ya no tiene validez legal. Esta derogación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2012. Anteriormente, este artículo había sido reformado el 4 de enero de 1980, pero su contenido ya no se aplica en la actualidad.

La derogación de un artículo implica que las disposiciones que contenía ya no son efectivas y, por lo tanto, no se pueden invocar en ningún procedimiento legal. Esto es parte de un proceso más amplio de actualización y modernización de la legislación laboral en México.

  • Artículo 765 derogado el 30 de noviembre de 2012.
  • Reforma previa el 4 de enero de 1980.
  • La derogación significa que ya no es aplicable.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 765 de Ley Federal del Trabajo?

(Se deroga). Artículo reformado DOF 04-01-1980. Derogado DOF 30-11-2012 CAPITULO X De la Acumulación Capítulo reubicado y denominación reformada DOF 04-01-1980

¿Está vigente el artículo 765?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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