Ley federal

Artículo 768 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 768.- Las demandas presentadas en relación con las obligaciones patronales en materia de capacitación y adiestramiento de los trabajadores y seguridad e higiene en los centros de trabajo, no serán acumulables a ninguna otra acción. Si cualquiera de estas acciones se ejercita conjuntamente con otras derivadas de la misma relación de trabajo, se estará a lo dispuesto en el artículo 699.

Artículo reformado DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 768 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a las demandas que se presentan por parte de los trabajadores en relación con las obligaciones de los patrones en cuanto a la capacitación, adiestramiento, y las condiciones de seguridad e higiene en los lugares de trabajo. Este artículo establece que estas demandas no pueden ser acumuladas con otras acciones legales.

Si un trabajador decide presentar una demanda relacionada con estas obligaciones y también tiene otras quejas derivadas de la misma relación laboral, se deberá seguir lo que indica el artículo 699 de la misma ley.

  • Las demandas sobre capacitación y seguridad no se pueden acumular con otras acciones.
  • Si se presentan juntas, se aplicará lo que dice el artículo 699.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 768 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 768 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a las demandas que se presentan por parte de los trabajadores en relación con las obligaciones de los patrones en cuanto a la capacitación, adiestramiento, y las condiciones de seguridad e higiene en los lugares de…

¿Está vigente el artículo 768?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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