Ley federal

Artículo 857 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 857.- El secretario instructor del Tribunal, a petición de parte, podrá decretar las siguientes providencias cautelares:

Párrafo reformado DOF 01-05-2019 I. Prohibición de salir del territorio nacional o de una población determinada cuando haya temor de que se ausente u oculte la persona contra quien se entable o se haya entablado una demanda;

Fracción reformada DOF 01-05-2019 II. Embargo precautorio, cuando sea necesario asegurar los bienes de una persona, empresa o establecimiento.

Fracción reformada DOF 30-11-2012 III. Requerir al patrón se abstenga de dar de baja de la institución de seguridad social en la que se encuentra afiliada la trabajadora embarazada que haya sido despedida, cuando a juicio del Tribunal existan indicios suficientes para presumir que fue separada en razón de su estado; dicha medida se aplicará siempre y cuando se acompañe a la demanda certificado médico que acredite el embarazo, emitido conforme a los requisitos y formalidades contempladas en la ley, y Fracción adicionada DOF 01-05-2019 IV. En los casos que se reclame discriminación en el empleo, tales como discriminación por embarazo, u orientación sexual, o por identidad de género, así como en los casos de trabajo infantil, el tribunal tomará las providencias necesarias para evitar que se cancele el goce de derechos fundamentales, tales como la seguridad social, en tanto se resuelve el juicio laboral, o bien decretará las medidas de aseguramiento para las personas que así lo ameriten. Para tal efecto, los demandantes deben acreditar la existencia de indicios que generen al Tribunal la razonable sospecha, apariencia o presunción de los actos de discriminación que hagan valer.

Fracción adicionada DOF 01-05-2019 Artículo reformado DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 857 de la Ley Federal del Trabajo establece que el secretario instructor del Tribunal puede tomar ciertas medidas cautelares a solicitud de una de las partes involucradas en un juicio laboral. Estas medidas son acciones temporales que buscan proteger los derechos de las personas mientras se resuelve el caso.

  • Prohibición de salir del país: Se puede impedir que una persona salga del territorio nacional si hay temor de que se ausente o oculte.
  • Embargo precautorio: Se puede asegurar bienes de una persona o empresa para evitar que se disponga de ellos antes de que se resuelva el juicio.
  • Protección a trabajadoras embarazadas: Se puede requerir al patrón que no dé de baja a una trabajadora embarazada despedida, siempre que se presente un certificado médico que acredite el embarazo.
  • Medidas contra la discriminación: En casos de discriminación por embarazo, orientación sexual, identidad de género o trabajo infantil, se pueden tomar acciones para proteger los derechos fundamentales de las personas afectadas.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 857 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 857 de la Ley Federal del Trabajo establece que el secretario instructor del Tribunal puede tomar ciertas medidas cautelares a solicitud de una de las partes involucradas en un juicio laboral. Estas medidas son acciones temporales que buscan proteger los derechos de…

¿Está vigente el artículo 857?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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