Ley federal

Artículo 968 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 968.- En los embargos se observarán las normas siguientes:

A. Si los bienes embargados son muebles:

l. Se efectuará su avalúo por la persona que designe el juez; en los casos en que éste se percate de que el avalúo de los bienes es notoriamente inferior o superior a su valor, podrá ordenar la práctica de otro, razonando los motivos por los cuales considera que el avalúo no corresponde al valor real del bien;

Fracción reformada DOF 30-11-2012, 01-05-2019 II. Servirá de base para el remate el monto del avalúo; y III. El remate se anunciará en el boletín laboral o en los estrados del Tribunal, en su caso y en el palacio municipal o en la oficina de gobierno que designe el Tribunal, el cual podrá utilizar algún otro medio de publicidad.

Fracción reformada DOF 30-11-2012, 01-05-2019 B. Si los bienes embargados son inmuebles:

l. Se tomará como avalúo el de un perito valuador legalmente autorizado, que será designado por el juez y en su caso, se procederá conforme a lo dispuesto por la fracción I del apartado A de este artículo;

Fracción reformada DOF 30-11-2012, 01-05-2019 II. El embargante exhibirá certificado de gravámenes expedido por el Registro Público de la Propiedad, de 10 años anteriores a la fecha en que ordenó el remate. Si en autos obrare ya otro certificado, se pedirá al Registro sólo el relativo al periodo o periodos que aquél no abarque; y Fracción reformada DOF 30-11-2012 III. El proveído que ordene el remate se publicará, por una sola vez, con una anticipación de diez días a la fecha del remate, en el boletín y en los estrados del Tribunal, además de manera potestativa utilizará algún otro medio de publicidad, en su caso y se fijará, por una sola vez, en la Tesorería de cada entidad federativa y en el periódico de mayor circulación del lugar en que se encuentren ubicados los bienes, convocando postores.

Fracción reformada DOF 30-11-2012, 01-05-2019 Se citará personalmente con una anticipación de diez días a los acreedores que aparezcan en el certificado de gravámenes, así como al poseedor del bien inmueble, a efecto de que hagan valer sus derechos.

Párrafo reformado DOF 01-05-2019 Artículo adicionado DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 968 de la Ley Federal del Trabajo establece las normas que deben seguirse en los embargos, diferenciando entre bienes muebles e inmuebles. Para los bienes muebles, se requiere un avalúo realizado por una persona designada por el juez. Si el juez considera que este avalúo no refleja el valor real, puede ordenar uno nuevo. El monto del avalúo será la base para el remate, que se anunciará en el boletín laboral y otros lugares designados.

En el caso de los bienes inmuebles, el avalúo debe ser realizado por un perito autorizado. Además, el embargante debe presentar un certificado de gravámenes de los últimos diez años. El remate se publicará con diez días de anticipación en el boletín y otros medios, y se citará personalmente a los acreedores y al poseedor del bien para que puedan ejercer sus derechos.

  • Avalúo de bienes muebles por designación del juez.
  • Base del remate es el monto del avalúo.
  • Avalúo de bienes inmuebles por perito autorizado.
  • Certificado de gravámenes de 10 años requerido.
  • Publicación del remate con 10 días de anticipación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 968 de Ley Federal del Trabajo a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Tesis del SJF que mencionan esta ley

  • PRUEBA CONFESIONAL PARA HECHOS PROPIOS A CARGO DE FUNCIONARIOS CONTEMPLADOS POR EL ARTICULO 787 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ACLARACION…
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. LOS BENEFICIOS Y PRERROGATIVAS CONCEDIDOS POR LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, ESTÁN LIMITADOS POR SU LEY…
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • ENFERMEDAD PROFESIONAL. LA BRONQUITIS SÍ SE ENCUENTRA CONTEMPLADA EN EL ARTÍCULO 513 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • LAUDOS DEL TRIBUNAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL ESTADO DE NAYARIT. TRATÁNDOSE DE LOS REQUISITOS PARA SU EMISIÓN, ES APLICABLE…
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗
  • PRUEBAS. PARA SU OFRECIMIENTO Y DESAHOGO, TRATÁNDOSE DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO DE JALISCO Y SUS MUNICIPIOS, DEBE APLICARSE…
    Novena Epoca · Tribunales Colegiados de Circuito · Ver en SJF ↗

Estas son coincidencias generales. Para las tesis que realmente interpretan este artículo, con la cita exacta, pregúntale a Ian →

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 968 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 968 de la Ley Federal del Trabajo establece las normas que deben seguirse en los embargos, diferenciando entre bienes muebles e inmuebles. Para los bienes muebles, se requiere un avalúo realizado por una persona designada por el juez. Si el juez considera que este…

¿Está vigente el artículo 968?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.