Ley federal

Artículo 979 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 979.- Cuando exista un conflicto individual o colectivo, los trabajadores podrán solicitar al Tribunal, para los efectos del artículo 113, que prevenga a la autoridad jurisdiccional o administrativa ante la que se tramiten juicios en los que se pretendan hacer efectivos créditos contra el patrón para que, antes de llevar a cabo el remate o la adjudicación de los bienes embargados, les notifique para garantizar el derecho preferente que la Ley les concede en dicha disposición, una vez tramitada la tercería excluyente de preferencia correspondiente y determinado el monto del mismo.

Párrafo reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019 Si resultan insuficientes los bienes embargados para cubrir los créditos de todos los trabajadores, se harán a prorrata dejando a salvo sus derechos.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 979 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a la situación en la que hay un conflicto entre trabajadores y un patrón. En este contexto, los trabajadores tienen la opción de solicitar al Tribunal que prevenga a la autoridad que maneja juicios relacionados con el patrón. Esto se hace para que, antes de que se vendan o adjudique cualquier bien que haya sido embargado, se les notifique a los trabajadores. Esto garantiza que puedan ejercer su derecho preferente sobre los créditos que la ley les otorga.

Si los bienes embargados no son suficientes para cubrir las deudas de todos los trabajadores, se distribuirán de manera proporcional entre ellos, asegurando que se respeten sus derechos.

  • Los trabajadores pueden solicitar intervención del Tribunal en conflictos laborales.
  • Se garantiza notificación antes de la venta de bienes embargados.
  • Los créditos se cubren de manera proporcional si los bienes son insuficientes.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 979 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 979 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a la situación en la que hay un conflicto entre trabajadores y un patrón. En este contexto, los trabajadores tienen la opción de solicitar al Tribunal que prevenga a la autoridad que maneja juicios relacionados con el…

¿Está vigente el artículo 979?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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