Ley federal

Artículo 8 de Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo

Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 8. Los miembros que integran el CONAM tienen voz y voto y sesionan en asamblea ordinaria, por lo menos una vez cada cuatro meses, misma que será presidida por el Presidente y, en su ausencia, por el Secretario Técnico, quienes pueden convocar a sesiones extraordinarias cuando existan asuntos urgentes que tratar.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 8 de Ley Federal para el Fomento y Protección del Maíz Nativo?

Los miembros que integran el CONAM tienen voz y voto y sesionan en asamblea ordinaria, por lo menos una vez cada cuatro meses, misma que será presidida por el Presidente y, en su ausencia, por el Secretario Técnico,…

¿Está vigente el artículo 8?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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