Ley federal

Artículo 69 de Ley Orgánica de la Armada de México

Ley Orgánica de la Armada de México · Última reforma de referencia: 01-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 69.- El personal seleccionado para efectuar cursos en establecimientos educativos navales, deberá firmar un contrato en el que se establezca la obligación de servir en la misma por un término igual al de la duración de sus estudios.

CAPÍTULO VI DE LOS GRADOS DEL PERSONAL NAVAL Y ESCALAFÓN

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 69 de Ley Orgánica de la Armada de México?

El personal seleccionado para efectuar cursos en establecimientos educativos navales, deberá firmar un contrato en el que se establezca la obligación de servir en la misma por un término igual al de la duración de sus…

¿Está vigente el artículo 69?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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