Artículo 200 de Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTICULO 200. Los recursos materiales, son aquellos necesarios al Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para su organización, equipamiento, educación, adiestramiento, capacitación, administración, bienestar y desarrollo en el cumplimiento de sus misiones. Dichos recursos comprenden uniformes, equipo, pertrechos y material diverso.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.