Código Civil estatal

Artículo 9 de Ley Reglamentaria del Artículo 2288 del Código Civil del Estado — Colima

Ley Reglamentaria del Artículo 2288 del Código Civil del Estado — Colima · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTICULO 9o.- El pago de la renta se efectuará en forma y términos que las partes señalen en el contrato de arrendamiento que celebren.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 9 de Ley Reglamentaria del Artículo 2288 del Código Civil del Estado — Colima?

El pago de la renta se efectuará en forma y términos que las partes señalen en el contrato de arrendamiento que celebren.

¿Está vigente el artículo 9?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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