Artículo 383 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 383.- Deberán conocer todas las disposiciones del Reglamento interior y las de esta Ordenanza, en la parte correspondiente, para cumplirlas y hacerlas cumplir a sus subordinados.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.