Artículo 620 de Ordenanza General de la Armada
Ordenanza General de la Armada · Última reforma de referencia: 19-10-2000 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 620.- En las maniobras en que estuviere toda la tripulación ocupada, se hará cargo de la cubierta, si el Comandante no las manda, pues en este caso secundará todas las maniobras ordenadas, cuidando que los Oficiales del Cuerpo de Guerra y de los Técnicos, ocupen los puestos que les correspondan.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.