Artículo 28 de Reglamento de la Ley de Aeropuertos
Reglamento de la Ley de Aeropuertos · Última reforma de referencia: 21-06-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 28. El concesionario o permisionario deberá anexar a la notificación de cambio de director general o de cualquier miembro de su consejo de administración, o sus equivalentes, la manifestación escrita a que se refiere el artículo 27, fracción I, de este Reglamento.
Título Tercero De la infraestructura de los aeródromos civiles Capítulo I De las obras e instalaciones
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.