Reglamento federal

Artículo 103 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos

Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 103.- Los actos de reconocido valor, son aquéllos en los que el militar enfrente aisladamente al enemigo, consciente de poner en riesgo su vida en beneficio de su unidad, compañeros o de la población civil.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 103 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos?

Los actos de reconocido valor, son aquéllos en los que el militar enfrente aisladamente al enemigo, consciente de poner en riesgo su vida en beneficio de su unidad, compañeros o de la población civil.

¿Está vigente el artículo 103?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 03-05-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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