Artículo 56 de Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos
Reglamento de la Ley de Ascensos y Recompensas del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos · Última reforma de referencia: 03-05-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ARTÍCULO 56.- Los Sargentos Primeros Especialistas que carezcan de escuelas de formación, podrán participar en este concurso para obtener el ascenso a Subteniente, al satisfacer los requisitos que señala el artículo 14 de la Ley.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.